El fallecimiento del partícipe es uno de los supuestos por los que se puede recuperar el plan de pensiones antes de tiempo. Tener claro cómo actuar en esos casos, quiénes pueden cobrar el plan de pensiones y en qué plazos ahorrará problemas a tus seres queridos y te ayudará a sacar partido de una de las ventajas de este producto.
Y es que, entre los beneficios del plan de pensiones destaca el poder escoger quiénes serán los beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe, algo que no se puede hacer con otros productos financieros como las acciones o los fondos de inversión.
¿Qué pasa con el plan de pensiones si fallece el beneficiario?
Cuando el titular de un plan de pensiones (la persona a nombre de la que está el plan) fallece, éste lo hereda quien figure en el contrato como beneficiario en caso de fallecimiento.
Poder elegir esta persona es una de las características de los planes de pensiones y el resto de los seguros de ahorro. Como titula del plan puedes elegir quién cobrará si falleces e incluso puedes designar a más de una persona.
Si no indicas nada, primero heredarán quienes figuren en el testamento, después los beneficiarios que figuren en el plan y, en último caso, el plan de pensiones pasará a tus herederos forzosos.
Este es el orden de preferencia: cónyuge no separado legalmente, hijos, padres y otros herederos.
¿Qué pueden hacer los herederos con el plan de pensiones?
Los herederos tienen dos opciones respecto a ese plan de pensiones:
- Mantener el plan de pensiones (no es obligatorio liquidar el plan de pensiones al heredarlo).
- Rescatar el dinero del plan de pensiones.
La segunda es la opción más habitual e implica el pago de impuestos.
Cómo tributa la herencia de un plan de pensiones
Los planes de pensiones no tributan en el Impuesto de Sucesiones, como el resto de la herencia. Lo hacen en la declaración de la renta.
La fiscalidad del rescate del plan de pensiones por fallecimiento es la misma que tendría en cualquier otro supuesto. Es decir, que a efectos fiscales cobrar el plan por una herencia o rescatarlo al jubilarte es exactamente lo mismo.
A efectos prácticos esto se traduce en que el dinero del plan se integrará en el IRPF como rendimiento de trabajo y se sumará al salario del beneficiario o heredero.
Igual que al rescatar el plan de pensiones por jubilación, podrás escoger entre las tres modalidades de rescate propias de la fiscalidad de los planes de pensiones:
- En forma de capital, cobrando el plan de manera íntegra. Al hacerlo, podrás aplicar una reducción del 40% sobre las cantidades aportadas antes de 2007 siempre que recuperes el capital en el plazo de dos años desde el fallecimiento del titular.
- En forma de renta, lo que supone dividir ese dinero en una serie de pagos periódicos.
- De forma mixta, cobrando una parte en forma de capital y otra en forma de renta. Al hacerlo también podrás beneficiarte de la reducción del 40% sobre las inversiones anteriores al 1 de diciembre de 2006.

¿Qué pasa si el titular ya había empezado a cobrar el plan de pensiones?
El funcionamiento de la herencia del plan es el mismo. Lo que cambia ligeramente es la parte fiscal y solo dependiendo de cómo se esté cobrando ese capital.
Si se ha iniciado el rescate en forma de rentas financieras, los beneficiarios podrán escoger cómo acceder al dinero.
Esta es la modalidad por defecto para recuperar el plan. Implica recibir un dinero de forma periódica hasta que se agote el capital que haya en el plan de pensiones.
En este supuesto, los herederos podrán escoger entre seguir cobrando la misma renta, cambiar la cuantía de esa renta o percibirlo en forma de capital.
Sin embargo, cuando el plan se estaba percibiendo como una renta asegurada la cuestión cambia ligeramente y los herederos podrían no percibir nada. Esto sucede si la renta asegurada o renta vitalicia no incluye la opción de reversión de los derechos económicos.
En ese caso, la renta se extinguirá con el fallecimiento del titular de esta.
Otra alternativa es que la propia renta asegurada ya prevea que los herederos recibirán el capital pendiente o un porcentaje del dinero con el que se formalizó la renta vitalicia.
Plazos para el rescate del plan de pensiones por parte de los beneficiarios
Es fundamental revisar el contrato del plan de pensiones, ya que algunas entidades gestoras pueden establecer plazos específicos para que los beneficiarios soliciten el rescate de los fondos.
Sin embargo, generalmente no existe un plazo legal estricto para efectuar el rescate tras el fallecimiento del titular.
Los beneficiarios pueden decidir el momento más adecuado para hacerlo, considerando su situación personal y fiscal. En este sentido, podría ser una buena idea esperar hasta un momento donde el resto de las rentas del trabajo sea menor para no tributar por los tipos más altos del IRPF.
Trámites para rescatar el plan de pensiones por parte de los beneficiarios
¿Qué hay que hacer para cobrar un plan de pensiones como heredero? Lo primero que debes de saber es que el plan de pensiones queda fuera de la masa hereditaria y no se suma en el Impuesto de Sucesiones, ya que tributarás por él en el IRPF.
A partir de ahí, habría que dirigirse a la gestora del plan, banco o aseguradora a través del que se contrató para pedir su rescate.
Para poder recibir el dinero necesitarás aportar varios documentos: la solicitud de prestación por fallecimiento (cada beneficiario una), fotocopia del DNI y certificado original de defunción.
Recomendaciones para los beneficiarios
- Consultar el contrato del plan de pensiones: es esencial revisar las condiciones específicas del plan para conocer cualquier plazo o requisito particular relacionado con el rescate tras el fallecimiento del titular.
- Asesoramiento profesional: dada la complejidad de la normativa fiscal y sucesoria, se recomienda buscar asesoramiento especializado para optimizar la tributación y cumplir con todas las obligaciones legales.
- Documentación necesaria: preparar y presentar la documentación requerida por la entidad gestora, que generalmente incluye el certificado de defunción del titular, el documento de identidad del beneficiario y, en su caso, el testamento o declaración de herederos.
Mantenerse informado y actuar con diligencia te permitirá gestionar adecuadamente el rescate del plan de pensiones y cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.
Aunque los planes de pensiones permiten designar beneficiarios y facilitan el traspaso del capital, contar con un Seguro de Vida MAPFRE es la forma más eficaz de ofrecer seguridad económica a tus seres queridos. Este seguro garantiza un respaldo inmediato ante el fallecimiento, con coberturas como el anticipo de capital para gastos del sepelio o el apoyo económico para afrontar imprevistos.